Creación del Plan Nacional del Cáncer, que incluirá una planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas, programas y acciones destinados a establecer las causas y prevenir el aumento de la incidencia del cáncer y será revisado y actualizado cada cinco años.
Creación de la Red Oncológica Nacional, la cual estará compuesta por centros especializados que tendrán como objetivo el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los pacientes con cáncer. Los centros se podrán categorizar en “Alta”, “Mediana” y “Baja” complejidad.
Creación del Registro Nacional del Cáncer. Con la ley, el cáncer será una enfermedad de notificación obligatoria. Esto permitirá contar con un registro de todos los diagnósticos y tratamientos de cáncer, que contendrá información de calidad y detallada para mejorar la investigación y calidad del tratamiento de los pacientes oncológicos.
Actualización permanentemente de las Guías Clínicas. Estas guías permiten que los tratamientos de última generación puedan ser incluidos como alternativas para los pacientes.
Creación de la Comisión Nacional del Cáncer, para asesorar al Ministerio de Salud en la formulación de políticas, en la investigación científica y en la implementación de estrategias y prácticas de prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos.
Creación del Fondo Nacional del Cáncer, para financiar total o parcialmente programas y proyectos que se encuentren exclusivamente relacionados con la investigación, estudio, evaluación, promoción, y desarrollo de iniciativas para la prevención, vigilancia y pesquisa del cáncer.
Fomentación de la Investigación Científica, específicamente en el área de oncología, a través de la cooperación entre Minsal y Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación.
Fomentación de la Cooperación público-privada, y la incorporación de la participación de la sociedad civil y de las agrupaciones de pacientes en el seguimiento de los objetivos del Plan Nacional.
Fuente: Ministerio de Salud